El pleno del Senado prohíbe doble nacionalidad para aspirantes a la Presidencia de la República y gubernaturas estatales luego de emitir la declaratoria de constitucionalidad. La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Carta Magna tras recibir el aval mayoritario de las legislaturas locales.
Con esta resolución, cualquier ciudadano que busque competir por la titularidad del Poder Ejecutivo federal o por la jefatura de un gobierno estatal deberá contar exclusivamente con la nacionalidad mexicana por nacimiento y renunciar explícitamente a cualquier otra ciudadanía que posea.
El Senado prohíbe doble nacionalidad con el aval de 22 congresos estatales
La declaratoria formal se concretó una vez superado el requisito legal de ratificación por parte de la mayoría de los congresos estatales en el país. El cambio establece candados estrictos para evitar conflictos de soberanía o lealtades compartidas en cargos de máxima relevancia pública.
Entre los alcances clave aprobados en esta enmienda constitucional sobresalen los siguientes elementos:
- Exigencia de renuncia expresa a cualquier segunda nacionalidad previo al registro electoral.
- Homologación de requisitos para los aspirantes a la Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
- Protección de la soberanía e integridad de las instituciones del Estado mexicano frente a influencias foráneas.
- Aplicación vinculante para todos los comicios federales y estatales subsecuentes.
El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara Alta, Higinio Martínez, destacó que el consenso alcanzado entre las diversas entidades federativas refleja un compromiso firme con los principios de lealtad republicana.
Procedimiento legislativo y publicación en el Diario Oficial de la Federación
Para consumar la promulgación y entrada en vigor de la norma, el expediente continuará con los trámites previstos en el artículo 135 constitucional.
La ruta jurídica contempla los siguientes pasos procesales inmediatos:
- Remisión formal del expediente a la Cámara de Diputados para su declaratoria correspondiente.
- Envío de la minuta al titular del Poder Ejecutivo Federal.
- Promulgación y publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con este avance legal, el Congreso de la Unión consolida un marco regulatorio que garantiza un compromiso absoluto de los gobernantes con el pueblo de México.

