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La Suprema Corte tumba la reforma que transfiere al Ejército el control de la Guardia Nacional

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La Suprema Corte tumba la reforma que transfiere al Ejército el control de la Guardia Nacional

Los ministros frustran una de las grandes apuestas legislativas de López Obrador, al resolver que la corporación policiaca debe estar bajo el mando civil de la Secretaría de Seguridad, no del Ejército

El Supremo mexicano declaró inválida la reforma del Congreso que transfería al Ejército el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional (GN), un cuerpo policial que fue creado originalmente como una corporación de carácter civil. La Suprema Corte de Justicia echó atrás la reforma este martes con el voto de ocho de los 11 ministros, el mínimo requerido para que el máximo tribunal mexicano declare la inconstitucionalidad de una norma. Los ministros Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz se opusieron al proyecto y expresaron posturas a favor de que la Guardia Nacional permanezca bajo el mando castrense de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), como estableció la reforma aprobada por la mayoría oficialista en el Congreso en 2022. Con la resolución judicial de este martes, la GN deberá volver a quedar bajo el control absoluto de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), la institución civil que, conforme el artículo 21 de la Constitución, debe hacerse cargo de las tareas de seguridad pública.

La invalidación de la reforma representa un duro golpe al presidente Andrés Manuel López Obrador, que ha sostenido que el éxito de la nueva corporación policiaca depende inevitablemente de que la Sedena la moldee con la coordinación, disciplina y honestidad propias de las Fuerzas Armadas. López Obrador ya había advertido a la Corte de que, si aprobaba el proyecto de González Alcántara, cometería “un grave error”, pues significaría condenar a la GN a la corrupción e ineficacia que ha asediado a las policías de México, caso ejemplar el de Genaro García Luna, máximo jefe de la Policía Federal y que en febrero fue condenado por un jurado de Estados Unidos por los delitos de narcotráfico y delincuencia organizada.

A partir de ese diagnóstico, el Ejecutivo impulsó en el Congreso una reforma en la que se estableció que la Defensa ejercería “el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional”, si bien la corporación quedaría “adscrita” a la SSPC, que tiene la encomienda de elaborar la estrategia y políticas en materia de seguridad pública. El Congreso no modificó la Constitución, sino solo un par de leyes secundarias, cambios que hoy invalidó el Supremo a propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara.

El ministro Javier Laynez señaló que esa “readscripción” es un “fraude a la Constitución”, pues lo que se transfirió a la Sedena fue el núcleo de la Guardia Nacional, mientras que a la SSPC se le dejó una jerarquía únicamente formal “y de ninguna manera material o sustantiva”. “Lo que se transfiere a la Sedena es el núcleo esencial que dota de contenido la adscripción de una unidad a un órgano administrativo. ¿Qué es la adscripción sino el control operativo y administrativo de una unidad, complementado con la facultad de nombramiento, normatividad, regulación y disposición de los recursos personales, financieros y materiales?”, refirió el ministro. “La transferencia de las funciones ya referidas crea además esa relación de subordinación jerárquica entre la unidad y el órgano al cual está adscrita, relación que queda suprimida por este decreto respecto a la SSPC. Por ello, la transferencia que por vía legal y de manera permanente que se hace de estas facultades es de hecho una readscripción y, técnicamente, un fraude a la Constitución”, añadió.

Captura de la transmisión en directo de la sesión de este martes de la SCJN.
Captura de la transmisión en directo de la sesión de este martes de la SCJN.

La ministra Margarita Ríos Farjat dijo que es inconcebible que una dependencia ejerza la dirección de un cuerpo bajo su jerarquía sin tener su control administrativo y operativo. “Me resulta difícil imaginar que una institución de carácter civil, en este caso la SSPC, retenga la dirección de la Guardia Nacional si no posee el control operativo y administrativo. Una institución no puede ser dirigida en realidad sin tener control de su operación y su administración. Al ser castrenses esos controles, la dirección también lo es, y el carácter civil queda en entredicho. Y no solo eso, también queda en entredicho su adscripción a la SSPC”, argumentó. La ministra advirtió de que esta dualidad de mando jerárquico representaba un riesgo jurídico para la sociedad. “Uno de los principios de los órganos desconcentrados es la dependencia jerárquica de la entidad a la que están adscritos, y aquí la GN se define adscrita a una secretaría civil, pero su jerarquía sigue el mando de la Sedena. Esto rompe la unidad, jerarquía y desarrollo de la administración pública federal, implicando incluso un riesgo de seguridad jurídica para la sociedad, pues tenemos un órgano que tratará de responder a dos secretarías, una civil y otra castrense”, definió.

El ministro Zaldívar y las ministras Esquivel y Ortiz defendieron que la “adscripción” de la Guardia Nacional establecida en la reforma impugnada garantiza que la corporación conserva su naturaleza civil. “La formación [de los elementos de la GN] es en seguridad pública, la finalidad es seguridad pública, la institución es civil. ¿Porque se adscribe [a la Sedena] el control administrativo y operativo se trastoca en militar? A mí me cuesta mucho trabajo sostener esta conclusión”, dijo Zaldívar. El ponente del proyecto de sentencia, el ministro González Alcántara, replicó: “Resultaría un fraude a la Constitución federal afirmar que la institución policial conserva su carácter civil y se rige por una doctrina policial si sus integrantes son militares en activo sometidos a la jurisdicción y al régimen disciplinario militar, desarrollando funciones militares y actuando bajo la norma militar, no solamente penal y disciplinaria sino que, entre otras, la relativa a los ascensos, las recompensas y las remociones”.

Varios de los ministros que se decantaron por la invalidez de la reforma hicieron un reconocimiento a la labor de las Fuerzas Armadas y sostuvieron que es innegable que México atraviesa un grave problema de inseguridad y violencia. Ello, sin embargo, no debe obstar para proteger la Constitución. “Ninguno de nosotros es ajeno al grave problema de seguridad pública que vive nuestro país”, dijo Láynez. “Como jueces constitucionales tenemos un deber con México. Como lo protestamos al asumir el cargo, nuestro compromiso con el país y con la sociedad reside en lo que entonces juramos defender: hacer guarda la Constitución. Por ello, me parece que debemos realizar todo nuestro esfuerzo interpretativo en aras de reforzar y mantener en todo caso la supremacía de la Constitución y el respeto de los derechos humanos”, concluyó.

Zedryk Raziel – El País – 18/04/2023

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