PUEBLA, PUE. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado la controversial Ley de Ciberasedio en Puebla, desatando una fuerte reacción del coordinador del Gabinete estatal, José Luis García Parra, quien este lunes responsabilizó directamente al Partido Acción Nacional (PAN) por las posibles consecuencias, argumentando que la derogación deja a niños, niñas y jóvenes en un estado de ‘vulnerabilidad’ frente a la violencia digital.

El origen de la polémica y la defensa oficial
En una contundente conferencia matutina, García Parra defendió la iniciativa de ciberseguridad que él mismo impulsó en 2024 como diputado local, subrayando su crucial alcance para la protección digital de la ciudadanía.
‘Como diputado local presenté la iniciativa con el objetivo de proteger a las y los usuarios frente a delitos cometidos a través de internet, como fraudes, ante la falta de una legislación que los resguardara’, expuso el funcionario, añadiendo que la implementación de estas medidas de seguridad ha logrado frenar afectaciones económicas significativas a los poblanos.
‘El secretario de Seguridad, Francisco Sánchez, ha informado que se han protegido más de 20 millones de pesos de las y los poblanos, gracias a que la Policía Cibernética cuenta hoy con más herramientas operativas’, afirmó García Parra, destacando el rol de la ley en la protección económica.
El funcionario fue enfático al señalar la presunta ‘tergiversación’ del PAN respecto al contenido de la ley, especialmente en lo referente a la protección de menores frente a la violencia digital.
‘El PAN aseguró que el ciberacoso ya estaba legislado, pero no entienden la diferencia: el ciberacoso tiene una connotación sexual, mientras que el ciberasedio abarca violencia, difamación, mentira y calumnia en entornos digitales’, explicó García Parra, desmintiendo las críticas sobre un supuesto blindaje a figuras del Gobierno local.
‘La intención era proteger principalmente a sectores vulnerables, como menores de edad que interactúan diariamente en plataformas digitales (…) y no a los funcionarios públicos’, puntualizó.
La decisión de la SCJN, emitida el pasado 14 de abril, declaró inconstitucional el artículo 480 del Código Penal de Puebla. La Corte argumentó que la redacción del delito de ciberasedio era ‘vaga e imprecisa’, empleando términos como ‘vigilar’, ‘hostigar’ u ‘ofender’ sin definir claramente las conductas prohibidas, lo que, a su juicio, ponía en riesgo el derecho a la libre expresión en entornos digitales.
El panorama
Ante este escenario, el presidente del Poder Legislativo local, Pável Gaspar Ramírez, ha indicado que, por ahora, no se contempla la creación de una nueva figura jurídica en la materia. Se esperará hasta que exista un consenso amplio con distintos sectores de la sociedad para abordar nuevamente la legislación en torno a la violencia digital.

