Acalla tribunal a FGJ en el caso contra hermana del panista Von Roehrich

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Le ordena abstenerse de difundir información sobre el proceso penal que enfrenta Sofía Soraya // En 2023 fue vinculada por asociación delictuosa

César Arellano García

Periódico La Jornada
Viernes 3 de enero de 2025, p. 24

Un tribunal colegiado concedió un amparo a Sofía Soraya von Roehrich de la Isla para que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México se abstenga de difundir información sobre el proceso penal que se le sigue relacionado con el llamado cártel inmobiliario.

El séptimo tribunal colegiado en materia penal del primer circuito confirmó la sentencia de un juez federal, quien en julio del año pasado le otorgó a la promovente la protección de la justicia federal contra los comunicados que emitió la fiscalía capitalina el 16 y el 23 de mayo de 2023; por ello, le ordenó que se abstenga de difundir y elimine información que contenga datos personales de la quejosa publicados sobre dicho proceso penal en su contra.

La hermana del ex jefe delegacional de Benito Juárez, Christian von Roehrich, fue vinculada a proceso en ese año por el delito de asociación delictuosa.

Sofía Soraya von Roehrich promovió el recurso el año pasado ante el juzgado cuarto de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México, donde reclamó la elaboración, publicación y difusión del comunicado titulado Mensaje del doctor Ulises Lara López, coordinador general de asesores y vocero de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, del 16 de mayo de 2023, por medio de los canales oficiales de la fiscalía capitalina.

Los efectos del amparo son para que la Dirección General de Comunicación Social de la FGJ se abstenga de difundir información con relación a la parte quejosa, cuya naturaleza sea igual o similar a la del acto reclamado, a menos que ello derive del estricto ejercicio de las atribuciones que por disposiciones constitucionales y legales le correspondan llevar a cabo. Siempre y cuando se cumpla con los parámetros exigidos por el máximo tribunal del país. Realicen los actos o gestiones necesarios a efecto de que se elimine de sus canales de difusión la información que contenga datos personales de la quejosa, publicados el 16 y el 23 de mayo de 2023.

A pesar de que las autoridades judiciales de la capital promovieron un recurso de revisión contra la sentencia del juez federal, el tribunal colegiado no le dio la razón, al argumentar que resultaron infundados e inoperantes los agravios expresados.

Los magistrados Ana Marcela Zataraín Barrett, Alberto Díaz y Enrique Sánchez coincidieron en su resolutivo que la ampararon por vicios formales en el proceso, ya que las comunicaciones reclamadas constituyen descripciones nítidas que permitían identificar a la quejosa donde la expusieron frente a la sociedad, principalmente, frente a las futuras partes del proceso, trasluciendo su culpabilidad de algún hecho delictivo, no obstante que de los antecedentes que obraban en el presente juicio aún no existía una sentencia que la declare culpable, es decir, que se brindó información y datos sugestivos que expuso a la justiciable a un juicio paralelo y se vulneró su presunción de inocencia.

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Redacción Capital Político
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